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Más multas de tráfico: Indefensión de los ciudadanos ante las sanciones
Más multas de tráfico: Indefensión de los ciudadanos ante las sanciones

La normativa de tráfico añade nuevas infracciones, establece límites más estrictos en otros casos o endurece los castigos... pero el conductor que quiere defenderse y recurrir las sanciones que no considere justas sigue teniéndolo muy difícil.

Las recientes actualizaciones de la normativa han añadido nuevas infracciones: es importante estar bien informado para no cometer alguna porque, una vez impuesta, tendremos las mismas pocas probabilidades de siempre de recurrir con éxito. Desde OCU denunciamos la indefensión de los usuarios ante las crecientes sanciones de tráfico, al tiempo que pedimos vías que faciliten las reclamaciones.

Demasiadas multas por exceso de velocidad

El gráfico muestra las multas en 2020.

Vemos que los excesos de velocidad son las responsables de la gran mayoría de las sanciones, y ni tan siquiera la mengua drástica de la movilidad motivada por el confinamiento ha impedido el alto número de multas.

Ante esto, es evidente que hay que tomar medidas para garantizar la seguridad vial... pero es preciso respetar también el derecho de los conductores.

Nuevos límites y nuevas sanciones

Desde hace unos meses hay nuevos límites de velocidad en las vías urbanas:

  • 20 km/h si la vía dispone de plataforma única y acera.
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • Se mantiene en 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido.
  • En las autopistas y autovías dentro de poblaciones 80 km/h será la velocidad máxima, salvo acuerdo de la Autoridad Municipal.

No es la única novedad: el proyecto de Ley sobre Tráfico, que está tramitándose en el Congreso, modifica algunos límites y endurece otras sanciones:

  • Desaparecerá la posibilidad de que la velocidad máxima pueda ser rebasada en 20 km/h en una maniobra de adelantamiento.
  • Se modifican algunos límites de velocidad y las correspondientes sanciones por infringirlos(cuantías entre 100 y 600 euros, y hasta 6 puntos de carné).
  • Aumenta de 3 a 6 puntos la sanción por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil.
  • Aumenta de 3 a 4 puntos la sanción por ir sin cinturón, sistemas de retención infantil o casco y otros elementos de protección y se añade su mal uso.
  • Se castiga con 3 puntos conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros, independientemente de si se están usando o no.
  • Se mantiene en 4 puntos la sanción por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas, y se añade al texto “sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.

Pocas opciones para reclamar

¿Y si consideramos que nos han mutado de manera injusta? Lamentablemente, el derecho del ciudadano a defenderse de un procedimiento sancionador se ha convertido en un camino lleno de obstáculos. La Administración tiene presunción de veracidad, pero para el conductor no hay presunción de inocencia:

  • debe reunir pruebas exculpatorias (que suelen estar en manos de la propia administración) o bien
  • denunciar irregularidades en el procedimiento administrativo.

Además, si se recurre la sanción, se corre el riesgo de perder la reducción por pronto pago, lo que disuade a muchos usuarios de emprender los recursos.

OCU pide facilitar las opciones para reclamar

Se debería garantizar a los ciudadanos que quieran reclamar una multa con la que no están de acuerdo el acceso a la vía judicial de una manera segura, sencilla y con un coste mínimo. Algo que a día de hoy no sucede. Por eso, desde OCU pedimos: 

  • Que se puedan recurrir multas en la vía contencioso administrativa, sin asistencia de abogado, al menos como ocurre en la vía civil cuando las cuantías reclamadas no superen los 2.000 euros.
  • Que la reducción del 50% se mantenga en aquellos casos en los que el conductor haya conseguido que se rebaje la sanción.

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