Preguntas frecuentes >> Alquileres

Si un particular tiene un piso alquilado, ¿a quién le corresponde la realización de las obras de mejora?

Al arrendador. Él es quien tiene que encargarse de realizar todas las reparaciones necesarias para que la vivienda tenga las condiciones mínimas de habitabilidad. Solo estaría exento cuando el deterioro fuera provocado por el inquilino o cuando el inmueble resulte destruido por un incendio, inundación, etc.

Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda son por cuenta del inquilino.
 

¿Qué fianza que me puede cobrar un propietario por el alquiler de un piso?

La ley establece que cuando se firma el contrato de alquiler, el arrendatario debe aportar de forma obligatoria una fianza en metálico, equivalente a una mensualidad de renta. Además, si las partes lo acuerdan en el contrato, el arrendador podrá solicitarle otro tipo de garantías adicionales como, por ejemplo, la presentación de nóminas o avales personales o bancarios.

El arrendador debe devolver la fianza cuando termine el contrato. Si 30 días después de la entrega de las llaves, el arrendatario no ha recibido la devolución de la fianza el arrendador tendrá que entregar ese dinero con un recargo equivalente al interés legal del dinero.
 

¿Puede el arrendador elevar la renta del alquiler por la realización de obras de mejora?

Sí. Cinco años después de iniciarse el contrato, el arrendador puede realizar obras de mejora y eso le da derecho a elevar la renta anual. Pero el aumento no puede ser de más del 20% de la renta anual vigente en el momento de la terminación de las obras.
 

¿Puede el arrendatario de un vivienda en alquiler realizar obras en la vivienda directamente y sin consultar con el propietario?

No, no podrá realizar obras que modifiquen la configuración de la vivienda sin el consentimiento por escrito del arrendador.
 

¿Cómo debe de ser el pago de la renta de un arrendamiento?

Salvo otro tipo de acuerdo, el pago de la renta es mensual y debe pagarse durante los primeros siete días del mes.
 

¿Tiene que dar el arrendador un recibo justificativo del pago mensual del alquiler?

Sí, el arrendador tiene obligación de entregar al arrendatario un recibo o justificante del pago de la renta, a no ser que resulte debidamente acreditado por otros medios, como el resguardo del ingreso bancario.
 

¿Con qué tiempo de antelación tiene que avisar el arrendatario de que no desea renovar el contrato?

Como mínimo, debe decirlo con 30 días antes de la fecha de terminación del contrato.
 

¿Qué duración tiene que tener un contrato de arrendamiento?

El tiempo del contrato de alquiler se acuerda entre el arrendador y el inquilino. Si no se pacta ningún plazo, la duración será de un año y se prorrogará obligatoriamente por períodos iguales hasta llegar a una duración de cinco años.
 

¿Qué personas pueden subrogarse en el contrato de alquiler de la vivienda cuando fallece el arrendatario?

Si fallece el arrendatario, pueden subrogarse en el contrato, sin que se modifique su duración:

  • El cónyuge que conviva con él en el momento del fallecimiento.
  • La persona que haya convivido con el arrendatario de forma permanente en una relación como la del cónyuge, durante los dos años anteriores al fallecimiento. Si hay descendencia común, basta con la convivencia.
  • Los descendientes y los ascendientes que hayan convivido con el arrendatario durante los dos años anteriores a su muerte.
  • Otros parientes hasta el tercer grado colateral (tíos y sobrinos carnales) con una minusvalía igual o superior al 65%, que hubieran convivido con el arrendatario durante los dos años anteriores a su muerte.

Si el propietario del piso donde vivo de alquiler decide venderlo, ¿me lo tiene qué comunicar? ¿Qué ocurre si el propietario vende la vivienda sin notificarme la venta?

Deben comunicarle la intención de vender la vivienda y usted, como inquilino, tiene un derecho de adquisición preferente. El propietario debe ofrecerle la compra del piso informándole del precio y las condiciones. Usted dispone de un plazo de 30 días para contestar.

Si el propietario no le ha hecho esa oferta o vende el piso a otra persona a un precio inferior al notificado, usted puede impugnar la venta y adquirirlo en las condiciones en las que se ha vendido; es el llamado derecho de retracto, y puede ejercitarlo en el plazo de 30 días desde la notificación de la venta.
 

Si alquilo un piso a mi nombre, ¿puedo realquilarlo?

La vivienda arrendada solamente se puede subarrendar de forma parcial y previo consentimiento del arrendador. Además, el precio del subarriendo nunca puede ser superior al del arrendamiento inicial.
 


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